domingo, 3 de agosto de 2014

Llevarse fondos al BIESS: ¿confiscación?




La respuesta es sí. Un proyecto de ley para expropiar alrededor de $936 millones de dólares en 54 fondos previsionales al Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), en los cuales hay dinero privado, es una confiscación prohibida por el artículo 323 de la Constitución y el artículo 21.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El caso más representativo es el Fondo de Cesantía del Magisterio, que suma aproximadamente $430 millones aportados por más de 146 mil maestros a lo largo del país. Según Juan José Castelló, presidente del Fondo, ahí no hay dinero público: todo es privado. Según el presidente Correa, ese fondo nació con un capital “semilla” del Estado. 

¿Qué dice la Constitución?

Art. 372.- (…) “Los fondos previsionales públicos y sus inversiones se canalizarán a través de una institución financiera de propiedad del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.”*

La norma es muy clara: el Estado, a través del BIESS, solo puede gestionar fondos públicos. Por el contrario, el Estado no tiene potestad para apropiarse de dinero privado, que ha sido ahorrado con el sudor de trabajadores ecuatorianos durante años, al menos que cada uno de esos trabajadores lo consienta de manera expresa. La razón salta a la vista: el Estado no tiene derecho a administrar o adueñarse de plata que no le pertenece.

Asumamos, sin embargo, que fuera cierta la tesis del presidente Correa. Reflexionemos: si en un barrio hay una casa construida con dinero del Estado, ¿eso justifica una ley que diga que todo el barrio va a pasar a propiedad del MIDUVI? No, ¿verdad? Pues bien, de igual manera, si entre los $430 millones del magisterio alguna vez hubo una parte de dinero público, eso no justifica expropiar la totalidad de los $430 millones, sino tan solo aquella parte que era pública y que, hasta ahora, ni el presidente ni nadie se han dignado especificar o demostrar. Es decir, aun en la teoría presidencial, existe confiscación.

No nos confundamos. Esto no se trata de si el MPD —partido que, a propósito, no es santo de mi devoción— tiene injerencia o no en el magisterio, o si el BIESS hace o no un buen trabajo otorgando créditos hipotecarios. Aquí el punto es que llevarse dinero ajeno a la fuerza mediante una ley, en términos jurídicos, se llama confiscar. Y, en términos comunes, se llama robar. 



* Por un error tipográfico, la Constitución en realidad dice “provisionales”. Este desliz se busca corregir en el actual paquete de enmiendas constitucionales.


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lunes, 28 de julio de 2014

Impuesto a las utilidades




Ya está en la Asamblea el proyecto de reforma a la Ley de Telecomunicaciones, firmado por el Presidente, que recorta el derecho de los trabajadores a recibir utilidades en ese sector, incluyendo a las telefónicas Claro y Movistar. Hasta ahora, como en todo empleo normal, los trabajadores recibían el 15%. En adelante recibirán el 3%. Y el otro 12% se lo quedará el Estado.

Aquí hay dos fenómenos.

El primero es una reducción del derecho fundamental a percibir utilidades. El proyecto, en apariencia, es constitucional: según el artículo 328 de la Carta Magna, si bien no se puede eliminar el derecho a las utilidades, su monto sí se puede determinar por ley. Por ese lado, disminuir de 15% a 3% está permitido. Lo debatible, a mi juicio, es que esta medida resulta inconstitucional a la luz del principio de igualdad: si el resto de empleados en todo el país recibe el 15%, ¿por qué los empleados en compañías de telecomunicaciones —al igual que en las petroleras— han de recibir un porcentaje cinco veces inferior? ¿Por qué castigar a un empleado por lo que hace su empleador? Es lícito que la ley regule el porcentaje de utilidades, pero es ilícito que lo haga discriminando a cierto grupo de personas, inocentemente perjudicadas por la actividad de su patrón.

El segundo fenómeno es que ese 12% sobre la utilidad, que antes lo recibía el empleado, hoy se pagará al Estado. Y eso equivale a decir que, para las empresas de telecomunicaciones, su impuesto a la renta ha aumentado en un 12%. Aquí también hay una innegable discriminación: ¿por qué una empresa ha de pagar casi la mitad más de lo que paga el resto, en virtud del sector donde opera? Y si hubiera alguna razón para ese incremento, ¿bajo qué lógica se concluyó que el porcentaje a aumentar es, ni más ni menos, 12%? ¿Existe algún estudio sobre el impacto de fijar dicho número? ¿O simplemente lo escogieron para que “cuadre” con el anterior 15%?

Estas preguntas, cuya respuesta es fácil de intuir, demuestran la arbitrariedad y la improvisación con la que se ha adoptado una delicadísima decisión legal y económica, que perjudica los derechos sociales de los trabajadores. Al final del día, más allá de reajustar sus políticas de remuneración, las empresas pagarán lo mismo. El impuesto realmente lo sufrirán los empleados.

Ahora bien, esta abrupta reforma es parte de un paquete más amplio para inyectar liquidez al fisco. Cuando el río suena, piedras trae: pese a que vivimos en la época de mayor bonanza petrolera de toda nuestra historia y de una excepcional estabilidad gracias a la dolarización, en estos días los ecuatorianos somos testigos de una serie de maniobras para conseguir dinero a cómo dé lugar. Prendaron parte de la reserva de oro para que Goldman Sachs nos preste $400 millones. Volvieron al mercado internacional con $2000 millones en bonos, a una tasa de 7,95%, superior a la que pagamos en los contratos clandestinos con China. Gravaron con $42 cada compra en Internet. La CAF nos prestó $296 millones. El BID, $220 millones. Aceptamos plata del Banco Mundial, antes denostado organismo neoliberal, aunque de los publicitados $1000 millones solo había $307 millones por entregar — el resto ya estaba comprometido. Y acaban de crear dinero electrónico respaldado en cualquier “activo” del Banco Central, cuya eliminación de balances diferenciados podría arriesgar la dolarización. Todo con el afán de cubrir los más de $5000 millones de déficit para 2014, mientras todo el sector público rumora —sin que nadie se atreva a decirlo en público— que por el momento tienen cerrada la llave: “No hay plata.”

Lo bueno es que el porcentaje de deuda de Ecuador sigue siendo prudente. Algunos de estos créditos, como los de la CAF y el BID, reportarán enormes beneficios sociales si cumplen su finalidad. Pero es imposible no preocuparse cuando, pese a los enormes ingresos fiscales, la sábana no alcanza a sostener el desenfrenado gasto público. Y más preocupante resulta aún que, ante ello, la reacción del gobierno no sea racionalizar sus egresos, sino subir los impuestos contra los ciudadanos y endeudar más al país.


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lunes, 21 de julio de 2014

Genocidio en Gaza




Lo más probable es que, al momento de publicarse este artículo, haya quedado desactualizada la cifra de 514 palestinos muertos desde que Israel inició la operación “Margen Protector” en la franja de Gaza. Tres de cada cuatro muertos son civiles. Uno de cada cinco son niños. Los heridos suman más de 3.300. Hay 81.000 palestinos hacinados en 61 refugios de la ONU y 650 gazatíes han podido huir por el paso de Erez hacia Jordania, gracias a la bendición de contar con un pasaporte extranjero. Del otro lado, 18 de 20 israelíes muertos son militares.

Es imposible resumir en pocas líneas la compleja historia del conflicto en Gaza, pero no hace falta ser un experto en ella para concluir que esto no es una guerra entre fuerzas similares, sino una masacre contra palestinos civiles, gente inocente en medio de la pelea entre el ejército israelí y la organización palestina Hamás.

No se puede negar las atrocidades del terrorismo de Hamás contra los israelíes y contra los propios palestinos, cuyos actos han sido calificados como crímenes de lesa humanidad por Amnistía Internacional. También sería ilógico negar la historia milenaria de persecuciones contra el pueblo judío, que tuvieron su peor expresión en el Holocausto del nazismo. Pero aún más disparatado sería pretender que tales realidades justifiquen la ofensiva del ejército israelí en una zona donde viven 1.7 millones de personas —43% menores de 14 años—, contra una fuerza terrorista que no puede, ni de lejos, hacerle cosquillas al poderío militar de Israel. Para muestra, a dos civiles llegan las víctimas de más de 1.900 cohetes lanzados por Hamás contra Israel, muchos de ellos interceptados por el sofisticado sistema “Cúpula de Hierro”. Si se me permite ilustrar con una exageración, la matanza en la franja de Gaza es tan “guerra” como lo sería la lucha entre tanques y aviones contra un pelotón de arqueros del siglo dieciséis.

Más allá de que atacar civiles en un conflicto armado es un crimen de guerra tipificado en el artículo 8.2 del Estatuto de Roma —que, por supuesto, Israel, al igual que los Estados Unidos, no ha ratificado—, la acción sistemática del gobierno de Israel para aniquilar a centenares de palestinos no puede entenderse como efecto “colateral” de una guerra, cuando la inmensa mayoría de los muertos son civiles ajenos a Hamás y cuando Israel cuenta con armamento de una precisión que bien podría evitar la muerte de tan inmenso número por “error”. No. Aquí estamos frente a la liquidación deliberada de miembros de un grupo por su nacionalidad, etnia o religión. Y eso, según el mismo Estatuto de Roma, se llama genocidio.

Sin embargo, amén de ponerle un membrete a tanta aberración, resulta indignante la doble moral de la política mundial, que en estos casos comprueba que el derecho internacional sigue estando bajo el viejo imperio de la ley del más fuerte. Mientras las potencias occidentales, con toda razón, se rasgan las vestiduras por el trágico atentado contra 298 pasajeros en un avión de Malaysia Airlines, al mismo tiempo Estados Unidos y Alemania legitiman la invasión israelí, cuyas víctimas ya mismo duplican a las del atentado en Ucrania. Y al revés: mientras cierta izquierda internacional condena, con toda razón, la violencia de Israel, en cambio guarda silencio sobre el terrorismo de Hamás y se alía, con mayor o menor complicidad, al régimen sanguinario de Corea del Norte, al autoritarismo ruso o a la última dictadura de América Latina que sobrevive en Cuba. ¿Llegará el día en que los gobiernos —incluyendo al de Ecuador, ubicado en el último grupo— dejen de prestarse para tan triste juego de hipocresía internacional?



NOTA: Por si acaso, mi opinión no obedece a ningún antisemitismo. Soy de raza judía, por descendencia de mi abuela materna, Margit Buchholz, que llegó a Ecuador huyendo del nazismo alemán en Breslau durante la Segunda Guerra Mundial.

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jueves, 17 de julio de 2014

Lo que HRW no dijo sobre la enmienda en Ecuador




Tal como comenté hace algunas semanas, el proyecto de enmienda constitucional que aprobaron 103 asambleístas y hoy está en manos de la Corte Constitucional, contiene algunas violaciones a derechos humanos que no pueden aprobarse ni por enmienda, ni por reforma. Ni por asamblea constituyente, en mi opinión.

Pues bien, Human Rights Watch --la organización de derechos humanos más prestigiosa del mundo, junto a Amnistía Internacional-- ha expresado una preocupación similar en los siguientes temas:

  • Declarar la comunicación como servicio público permitiría endurecer las regulaciones contra la libertad de expresión.
  • Se busca recortar el derecho de ciudadanos en acciones de protección, que son juicios rápidos contra abusos del poder público.
  • Militarizar la seguridad pública, es decir, dar tareas habituales de policía a las Fuerzas Armadas, genera un enorme riesgo de violación de derechos contra civiles.

En cuanto a la reelección indefinida, Human Rights Watch no se pronunció ni en contra ni a favor. Solo dijo que se "debe asegurar que el presidente en ejercicio no se beneficie injustamente de las normas vigentes". Una postura cómodamente equivocada, a mi juicio, cuando existe un consenso amplio en Latinoamérica contra la reelección indefinida --salvo en Cuba, Venezuela y Nicaragua--, al entender la alternancia como un elemento consustancial a la democracia, y cuando los esquemas institucionales de pesos y contrapesos se distorsionan si un presidente eternizado en el cargo se beneficia al influir en autoridades judiciales, electorales y de control. Además, la reelección indefinida sí tiene un impacto en los derechos humanos de participación política, al desequilibrar las relaciones de poder a favor de una sola persona, lo cual viola el principio de igualdad, como bien razonó la Corte Constitucional colombiana al impedir una tercera candidatura de Álvaro Uribe.

Por último, me parece que Human Rights Watch cometió una grave omisión: no ha dicho nada sobre la enmienda al artículo 104 de la Constitución, que impediría a la ciudadanía llamar a consulta popular sobre "cualquier tema". Es decir, la Asamblea decidirá sobre qué se puede consultar y sobre qué no, recortando el derecho actual de los ecuatorianos a la democracia directa y a esa participación ciudadana de la que tanto se habla, pero tan poco se practica.

Acá el comunicado oficial de HRW: http://www.hrw.org/es/news/2014/07/14/ecuador-problematico-proyecto-de-reforma-constitucional


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lunes, 14 de julio de 2014

Derechos humanos durante el Mundial




Mientras en todo el mundo estábamos pendientes de la mordida de Suárez, las atajadas de Keylor, los piques de Robben, los goles de James, la humillación de Brasil y la victoria final de Alemania, hay goles contra los derechos humanos que podemos haber pasado por alto y vale la pena resaltar.

Franja de Gaza. El día de la final del Mundial, ya eran 170 los palestinos muertos —de ellos, 34 niños— y más de mil heridos —cuya cuarta parte, al menos, también son niños— por los ataques aéreos de Israel contra civiles en la franja de Gaza. Desde el día en que Alemania le metió 7-1 a Brasil, el grupo palestino de Hamás ha lanzado más de 980 cohetes contra Israel, que no han dejado muertos gracias a que buena parte han sido interceptados por la “cúpula de hierro” que protege su territorio. Cerca de la medianoche antes del duelo entre Alemania y Argentina, Israel realizó una operación por tierra para instalar una plataforma de lanzamiento de cohetes, luego de pedir a unos 100 mil seres humanos, víctimas inocentes de un conflicto sanguinario, que evacúen la zona fronteriza “por su propia seguridad”. Al menos 10 mil acataron el ultimátum y han tenido que desplazarse de su localidad.

Niños de Centroamérica. Cuando Holanda y Argentina se batían en penales, la policía mexicana liberó a 165 migrantes secuestrados por el crimen organizado en Tamaupilas, demostrando los enormes riesgos que corren los centroamericanos que emigran a través de México hacia los Estados Unidos. Desde octubre pasado, 57.000 niños centroamericanos --sobre todo de Guatemala, El Salvador y Honduras-- han huido clandestinamente al país del norte por la violencia de las pandillas en su tierra, aprovechando una ley estadounidense que impide la deportación automática de menores, lo cual ha provocado una grave crisis humanitaria. Como reacción, el presidente Obama ha pedido 3700 millones de dólares para enfrentar el problema, pese a que el Congreso no define aún la situación legal de 11 millones de personas que viven sin papeles en esa nación.

Derechos políticos en Venezuela. Un día antes de que Holanda golee a Brasil, por denuncia de diputados chavistas, se abrió una investigación por “traición a la patria” contra el alcalde Ramón Muchacho y el diputado Julio Borges, del partido de Henrique Capriles, por haber participado en una conferencia del Partido Popular en España. Este evento se suma a la lista de violaciones a los derechos políticos en Venezuela, que han tenido su máxima expresión en el encarcelamiento de Leopoldo López y la destitución de María Corina Machado como legisladora, además de la grave situación económica y la fragilidad del derecho a la vida en el país con la segunda tasa más alta de homicidios en el mundo después de Honduras, según la ONU.

El fútbol es un fenómeno social inigualable para fortalecer el espíritu, fomentar la unidad y resolver los nacionalismos en una sana competencia deportiva que supera las pasiones de la guerra. Ojalá ese mismo ímpetu que nos mueve a festejar goles y lamentar derrotas, lo podamos direccionar para indignarnos por estas y otras graves violaciones a los derechos humanos a lo largo del mundo, como el conflicto en Ucrania, la violencia en Medio Oriente o las mismas restricciones de derechos que, salvando las distancias, hoy se tramitan en Ecuador. Algunos casos nos quedan más cerca que otros. La mayoría no podemos solucionarlos. Pero hablar de ellos, denunciar lo que está mal, en medio de millones que prefieren mirar hacia otro lado, ya es un grano de arena —o un buen pase— a favor de la justicia.


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jueves, 10 de julio de 2014

Entrevista en CNPlus


Acá pueden ver mi entrevista con Carlos Rabascall en CNPlus sobre la afectación a los derechos humanos en la enmienda constitucional:



lunes, 30 de junio de 2014

Enmienda vs Derechos humanos


Publicado en La República.




La enmienda constitucional no es solo una decisión política, sino una cuestión de derechos humanos. Y una muy grave: modificar la norma principal del país para restringir derechos fundamentales significa legitimar abusos, retroceder como sociedad y responsabilizar al Ecuador —a todo el país, no solo al gobierno— por violar tratados internacionales. Pues bien, mientras se persigue la reelección eterna en el poder que hoy solo permiten Cuba, Nicaragua y Venezuela en nuestro continente—, algunos derechos terminarán recortados entre los 17 puntos que 103 asambleístas aprobaron, sin voto popular, para enmendar la Constitución.

De entrada hay un problema: la Constitución prohíbe, por cualquier forma, reducir derechos humanos. Ni por enmienda, ni por reforma, ni por asamblea constituyente. Ese es uno de los límites que nos hemos autoimpuesto como sociedad. Así, ni con una constituyente se puede eliminar la remuneración al empleado, impedir la educación a los jóvenes, negar el voto a las mujeres o imponer la pena de muerte. En materia de derechos, el Ecuador ha decidido que no puede dar marcha atrás. Sin embargo, 103 de nuestros asambleístas han elegido, pese a ello, incluir restricciones en la enmienda constitucional. Veamos cuáles son.

La primera se refiere a la acción de protección, que es un mecanismo para lograr, con agilidad y eficacia, que un juez detenga o repare la violación a un derecho humano. Esta acción, por su naturaleza, no tiene otro límite que la obligación de verificar la ocurrencia o amenaza de la violación. La razón es lógica: si el mayor deber del Estado es garantizar los derechos de las personas, como reza el artículo 11 de la Constitución, no hay ningún motivo para impedir que esa garantía se vuelva efectiva ante los jueces. Sin embargo, los asambleístas piensan que la ley (es decir, ellos mismos) puede regular en qué casos no cabría esta acción, lo cual no permite hoy por hoy la Constitución. Eso es consistente el discurso del Presidente, que algunas veces se ha quejado de la “molestia” que implican estas acciones para el gobierno.

La segunda es la práctica eliminación del derecho a la consulta por iniciativa popular. Hoy el artículo 104 permite a la ciudadanía convocar a consulta “por cualquier asunto”. La última frase citada desaparecerá. Es decir, la Asamblea decidirá por ley en qué temas cabe y en cuáles no. De manera que ese derecho, que antes tenía una garantía constitucional, hoy queda al antojo del legislador, con lo cual, en la práctica, deja de ser un derecho “constitucional”, puesto que sus efectos quedan al arbitrio del juego político de mayorías en la Asamblea.

La tercera restricción es que se definirá la comunicación “como un servicio público”, que “se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios”, cuando la comunicación, a diferencia del alcantarillado, es un derecho de libertad. ¿Qué significa eso? Los derechos pueden ser de libertad o de prestación. Los de libertad son derechos del individuo frente al Estado, que marcan una frontera que éste no puede traspasar: por ejemplo, el derecho a la libre circulación implica que el Estado no puede impedirme transitar por el país. Por el contrario, derechos de prestación son los que me permiten demandar algo del Estado: por ejemplo, el derecho al agua potable significa que el Estado tiene la obligación de brindármela. Aunque esta distinción tiene sus complejidades, lo importante es entender que la comunicación no es un servicio que el Estado brinda a los ciudadanos, sino un derecho que tenemos todos los individuos a comunicarnos, que a su vez nace, como el derecho a opinar, de otro aún más fundamental: la libertad de expresión. Esa libertad —que fundamenta la actividad humana tanto de los grandes medios como en las redes sociales— no es un beneficio estatal, sino un derecho que antecede al mismo Estado y que éste simplemente debe reconocer, defender y respetar.

Ahora bien, hay otros dos cambios que, sin referirse específicamente a derechos, tienen un impacto decisivo contra ellos.

El primero es militarizar la seguridad pública, al permitir que las fuerzas armadas intervengan en tareas de policía, cuando tanto la Comisión como la Corte Interamericana de Derechos Humanos —en casos como Zambrano Vélez contra el mismo Ecuador—  han dictaminado que los militares, entrenados para eliminar a un enemigo externo, al dedicarse a la seguridad interna amenazan los derechos de los ciudadanos comunes a la libertad, protesta y tutela judicial. El segundo es la misma reelección presidencial indefinida: eliminar la alternancia en el poder genera enormes desequilibrios a favor de quien gobierna y una especie de feudalismo político que viola los derechos de igualdad y participación ciudadana, como razonó la Corte Constitucional colombiana cuando en el 2010 bloqueó un referéndum para que Álvaro Uribe sea candidato por tercera vez.

¿Estas enmiendas cambiarán la vida diaria del Ecuador? Lo dudo. Las acciones de protección ya son, hoy por hoy, un saludo a la bandera, cuando la justicia está absolutamente politizada. La consulta por iniciativa popular ya quedó reducida a mito desde que el CNE rechazó medio millón de firmas de ciudadanos a favor del Yasuní. Las fuerzas armadas ya intervienen en la seguridad interna en virtud de una norma, que, por ahora, sigue siendo inconstitucional. Y la comunicación también está definida ya en la ley como “servicio público”, y es día a día tratada como tal cuando las autoridades sancionan a caricaturistas e investigan a medios por el nivel de cobertura de la agenda del Presidente. No me aventuro a anticipar las consecuencias sociales de estos cambios, pero, salvo la reelección indefinida, más bien parecen una triste legitimación constitucional de lo que ya vivimos en la realidad: un país donde los derechos humanos están, lejos de la defensa de las normas, a merced de los vaivenes del poder.


Twitter: @hectoryepezm

Caricatura de Asdrúbal en Diario HOY.